CONDICIONES PARA SER ALUMNI

 ¿Quién puede ser socio/a de Alumni UMA?

Todas aquellas personas que hayan tenido alguna relación de carácter académico o laboral con la Universidad de Málaga (licenciaturas, diplomaturas, ingenierías, ingenierías técnicas, estudios de grado, títulos propios, másteres, expertos, cursos de formación, exámenes oficiales UMA, alumnos de español para extranjeros, centro de idiomas de la FGUMA, etc.).

Por circunstancias extraordinarias podrán ingresar en la Asociación aquellas personas que, no teniendo relación o vinculación con la Universidad de Málaga, hayan obtenido previamente autorización de la Junta Directiva.

¿Qué tengo que hacer?

Sólo tienes que rellenar todos los campos del formulario de inscripción y enviarnos los documentos que te pedimos que adjuntes (justificante de transferencia de la cuota de inscripción, justificante de vinculación con la UMA y DNI). Si eres recién egresado/a tu justificante de vinculación además deberá acreditar que acabas de terminar tus estudios, puede ser el certificado de notas donde conste el año y que has superado los créditos, el justificante de pago de las tasas de expedición del título, etc.). Ya está, cuando confirmemos que todo está correcto, recibirás en tu email un certificado de socio que acredita tu pertenencia a la Asociación.

La cuota de inscripción tendrás que realizarla mediante transferencia bancaria el justificante de la misma deberá ser aportado para la completar el alta.

La permanencia se renovará automáticamente al rellenar el formulario de inscripción donde el usuario, ACEPTA Y AUTORIZA a esta asociación el cargo de las sucesivas anualidades a partir del siguiente año fiscal en el número de cuenta (con IBAN) que nos indique en el formulario, salvo que se comunique la baja con al menos 15 días de antelación a info@alumniuma.es, indicando en todo caso nombre, apellidos, DNI y número de socio/a. Actualmente los recibos anuales se envían a principios del mes de julio y su importe de 39 euros. Alumni UMA se reserva el derecho a modificar el importe de la cuota y la fecha de envío de la remesa anual siempre y cuando se produzca dentro del año fiscal en curso.